REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES.
Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
" Estar empadronados en el municipio de Fuenlabrada, no sólo el solicitante de la beca, sino también los hijos beneficiarios de las ayudas a fecha de entrega de la solicitud, así como durante todo el proceso.
" Estar matriculado en el primer ciclo de Educación Infantil, en alguno de los centros educativos relacionados en el artículo 5.
" La renta per cápita de la familia solicitante no podrá superar en ningún caso 10.319,50€, en los términos que se determina en los artículos 7 y 11 de la presente convocatoria.
" No percibir ayudas de otras administraciones con finalidad similar (cuota de escolaridad), según lo estipulado en el artículo 15.
" Los solicitantes deben estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Fuenlabrada hasta la resolución definitiva de la presente convocatoria, considerando a estos efectos cualquier deuda derivada de ingresos de derecho público, salvo que se trate de deudas o sanciones que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.
" Para tener/mantener la condición de beneficiario, es necesario estar al corriente de pago de las cuotas mensuales de la Escuela Infantil o Casa de niños.
SOLICITUDES.
1. Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial según el anexo I y deberá ser cumplimentada mediante procedimiento online en enlace de la parte de arriba de esta misma página en letras mayúsculas. Se generarán tres copias en pdf de la solicitud una vez cumplimentada, que serán firmadas por el padre y la madre o el tutor o tutora del alumno y se entregarán en el Ayuntamiento de Fuenlabrada, Junta Municipal de Distrito Vivero-Hospital-Universidad o Junta Municipal de Distrito Loranca, Nuevo Versalles y Parque Miraflores.
2. Podrá solicitarse la beca para dos o más hermanos cumplimentándose una única solicitud online.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
ESTABLECIMIENTO DE GRUPOS POR NIVELES DE RENTA PER CÁPITA.
- Grupo A. Renta inferior o igual a 5644€
- Grupo B. Renta pér cápita familiar superior a 5644€ e inferior a 7656€
- Grupo C. Renta per cápita familiar superior a 7656€ e inferior a 10.319,50€
IMPORTE DE LAS BECAS 0-3
En primera instancia y al objeto de conceder el máximo establecido en la convocatoria, se imputará a cada beneficiario la cuantía máxima de la beca correspondiente a su grupo y la renta de su unidad familiar, según se detalla a continuación:
Beneficiarios de Escuelas Infantiles Nacidos en 2018 :
- Grupo A1: Importe mensual hasta 100 €
- Grupo B1: Importe mensual hasta 83 €
- Grupo C1: Importe mensual hasta 66 €
Beneficiarios de Escuelas Infantiles 2017 y 2016 :
- Grupo A2: Importe mensual hasta 57.76 €
- Grupo B2: Importe mensual hasta 57 €
- Grupo C2: Importe mensual hasta 46 €
Beneficiarios de Casas de Niños:
- Grupo A3: Importe mensual hasta 22 €
- Grupo B3: Importe mensual hasta 11,50 €
Abono de las Becas:
Resuelta la convocatoria ordinaria, el Ayuntamiento de Fuenlabrada realizará a lo largo del curso escolar 2018-2019, dos abonos de los importes mensuales concedidos:
- Primer abono mediante transferencia bancaria al número de cuenta facilitado en la entrega de documentación junto a la solicitud, directamente al beneficiario y correspondiente al importe de la beca para el último trimestre del año 2018.
- Segundo abono anticipado correspondiente a los importes concedidos de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio de 2019 que se realizará a la entidad gestora del centro educativo, el cual efectuará una minoración mensual de la cuota de escolaridad por un importe idéntico al de la beca mensual concedida al beneficiario.
Resuelta la convocatoria extraordinaria, tras el cierre del proceso el 31 de mayo de 2019, el Ayuntamiento de Fuenlabrada realizará un abono correspondiente a los importes mensuales concedidos de enero a junio de 2019, según correspondiera, que se realizará mediante transferencia bancaria al número de cuenta facilitado por el beneficiario en la solicitud.
Esta información es un resumen de convocatoria.