Baja en el Padrón Municipal de Habitantes de Oficio Objeto y descripción:
Solicitar la baja de Oficio en el Padrón de Habitantes de un vecino que ya no reside en mi vivienda y no ha causado baja en la misma, desconociendo su lugar de destino.
Cómo y dónde tramitar:
Por correo postal: Dirigido al Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada (Pza. Constitución, 1 - 28943 Fuenlabrada).
Presencial: Con cita previa en las oficinas de la Casa Consistorial Pz. Constitución, 1, Junta Municipal de Distrito de Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores Pz. Artes, s/n y Junta Municipal de Distrito Vivero-Hospital-Universidad Avd. Hospital, 2, esq. C/ Galenos, Junta Municipal de Distrito Avanzada-La Cueva C/ Habana, 35 y Junta Municipal de Distrito Centro-El Arroyo-La Fuente Avd. Ilustración, 4. Horarios para realizar el trámite:
Documentación necesaria:
- Instancia General. - 1. Documento original que acredite la identidad del solicitante que pide la baja en cuestión, según los casos siguientes:
- Para españoles: DNI, Pasaporte (adjuntar fotocopia) o Permiso de Conducir. - Para extranjeros comunitarios: Tarjeta de Residencia, Pasaporte (adjuntar fotocopia) y solicitud de NIE, Documento de identidad de su país de origen o Permiso de conducir expedido en España. - Para extranjeros no comunitarios: Tarjeta de residencia, Pasaporte (adjuntar fotocopia), Permiso de conducir expedido en España. - 2. Documentación que acredite que el solicitante es el titular actual de la vivienda:
-Título de propiedad (Escritura, Contrato de compraventa, Nota del Registro...) con vigencia menor de un año o en su defecto, última factura de compañía suministradora de agua, luz o gas o contrato de suministro formalizado dentro del año anterior a la fecha de solicitud, donde figure reflejada la dirección y titular del suministro.
-Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo de alquiler, identificando al arrendatario de la vivienda. Marco legal del trámite: 1º Ley 4/1996 de10 de enero por la que se modifica la Ley 7/1985 de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local en relación con el Padrón Municipal. 2º Real Decreto 2612/1996 de 2 de diciembre por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de Julio. 3º Resolución de 17 de febrero de 2020, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal. 4º Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. 5º Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
**Una vez revisada toda esta información sobre su trámite a realizar, puede solicitar su cita pinchando aquí
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